
El plazo para solicitar plaza escolar en las enseñanzas de adultos (Educación Secundaria y Bachillerato) en la modalidad semipresencial se abrirá del 1 al 15 de junio de 2022.
Puede encontrar más información sobre los requisitos, trámites, impresos y calendario de plazos en la página del Portal de Educación Permanente de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, siguiendo la ruta de apartados:
- Para ESPA (niveles I y II): ESO > Escolarización 2022/23
- Para Bachillerato: BACHILLERATO > Escolarización 2022/23
Se puede hacer la solicitud telemática, directamente por Internet (Secretaría Virtual > Solicitudes > Admisión) sin entregar impresos de papel, para lo cual se requiere una de estas formas de identificación:
- Certificado digital.
- Clave iANDE. (Puede solicitarla en cualquier centro educativo público andaluz).
- Autenticación Cl@ve. (Más información y forma de obtenerla).
Si no se dispone de alguno de estos medios para formalizar la solicitud, se pueden descargar los impresos en los siguientes enlaces, cumplimentarlos en el ordenador, imprimirlos y entregarlos en la secretaría del centro, en horario de 9:30 a 13:30.
- Admisión ESPA I y II: Impreso admisión ESO modalidad semipresencial (PDF / 145.48Kb).
- Admisión BACHILLERATO ADULTOS: Impreso admisión Bachillerato modalidad semipresencial (PDF / 143.39Kb). Deberá solicitar de una a doce materias entre las de 1º y 2º que se ofertan en cada modalidad (ver oferta de plazas en: ESCOLARIZACIÓN DE EDUCACIÓN PERMANENTE-2022-23).
Los solicitantes con materias de 2º de BUP, 3º y 4º de ESO, COU o del Bachillerato LOGSE y LOE aprobadas con anterioridad, quedarán exentos de las materias equivalentes en las enseñanzas de adultos actuales justificándolas con los correspondientes certificados oficiales:
En las enseñanzas de adultos no se pueden anular las matrículas, y se dispone de tres años (seis convocatorias oficiales) para superar cada materia por separado.
Por eso es muy importante que los solicitantes se matriculen, una vez admitidos, del número de materias que puedan desarrollar en función del tiempo del que dispongan, pues si abandonan alguna, perderán las correspondientes convocatorias.
Excepcionalmente, y a petición de la persona interesada, la anulación de matrícula procederá en los supuestos de causa de fuerza mayor sobrevenidos, entendidos como aquellos sucesos que no hubieran podido preverse, o que, previstos, fueran inevitables, y que hagan imposible la continuación de los estudios en ese curso académico, tales como la incorporación o el desempeño de un puesto de trabajo en horario incompatible con las enseñanzas, la enfermedad grave de larga duración o las sentencias judiciales que conlleven privación de libertad.